1, 2, 3 y hasta 12 enfermedades que pueden influir a la hora de conseguir renovar tu permiso de conducir sin complicaciones.
Esta es una pregunta que, en la mayoría de los casos, no te cuestionas hasta que llegas a un centro de psicotécnicos para obtener o renovar tu carnet de conducir.
En general si eres conductor de un permiso de conducir de la clase AM, A1, A2, A, B, o B+E, deberás renovar tu carnet cada 10 años si no aparece algún motivo que requiera renovarlo antes como puede ser por alguna enfermedad detectada.
Muchas de ellas no impiden que puedas obtener tu carnet, pero sí influir, en la validez del mismo.
Por ello, a continuación, mencionamos algunas de ellas, que pueden ser de interés antes de acudir a realizar tu certificado psicotécnico como en Psicotecnicos Alcobendas.
Personas que sufran diabetes es necesario realizar el psicotécnico cada 4 años.
No todas las enfermedades te quitan el carnet de conducir
En lo relacionado a las enfermedades respiratorias, también se localizan en la lista de exclusión y en el caso de la disnea es permanente.
Enfermedades mentales se encuentran en la lista de exclusión tales como depresión, demencia, déficit de atención, ansiedad, psicosis, esquizofrenia...etc, salvo que se emita un informe favorable por el facultativo.
La ceguera se encuentra en la lista de exclusiones permanentes.
La epilepsia estaría sujeta a la emisión de informe favorable para poder renovar el carnet de conducir cada dos o cinco años dependiendo del estado del enfermo.
Enfermedades cardiovasculares graves se encuentran en la lista de exclusiones o limitaciones temporales, como las arritmias que deberán presentar informe favorable durante los seis últimos meses o los marcapasos, que llevarán un mes de retraso desde su implantación.
Enfermedades cerebrovasculares igualmente de un tiempo de carencia de seis meses, salvo que se hayan producido secuelas permanentes que puedan excluir de manera permanente la renovación del permiso cuando afecta a la movilidad o capacidad psicomotriz.
Aquellos que estén en tratamiento con medicamentos que afecten a la capacidad de conducir, no podrán renovar su licencia hasta que dicho tratamiento sea finalizado.
Trastornos relacionados con sustancias (alcoholismo, drogadicción). Conductores con dependencias relacionadas con sustancias, se requerirá siempre un informe de deshabituación favorable emitido por un médico.
El vértigo también se incluye en la lista de impedimentos permanentes para renovar el carnet de conducir.